Para atender las denuncias de los adultos mayores de cara al cobro de sus pensiones en las entidades bancarias, el superintendente de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), Antonio Morales, dijo que “ninguna entidad bancaria podrá limitar o restringir las cuentas de pensionados».

 

La máxima autoridad bancaria exhortó a optimizar la atención a ese sector.

 

“Recordemos que existe una normativa legal que hemos emitido”, dijo refiriéndose a una circular emitida por la institución.

 

El titular de Sudeban puntualizó que se deberá “atender a todos los pensionados en toda la red comercial de agencias, oficinas y sucursales cuando así lo requieran, sin limitar, negar, restringir o condicionar el acceso a cualquiera de estas y a los servicios ofrecidos”.

 

Morales manifestó que cada entidad bancaria debe poseer el personal capacitado y operativo en procura de presentar atención prioritaria y preferencial para discapacitados, jubilados, pensionados y mujeres embarazadas.

¿La no restricción incluye el retiro de efectivo?

En cuanto al efectivo, el superintendente de la Sundde afirmó que estará “condicionado a la capacidad física y la disponibilidad que la agencia posea”.

 

Reiteró que “si alguna institución bancaria mantiene alguna restricción, condición, deberá suspenderla de manera inmediata y adecuarse a lo señalado por Sudeban”.

 

Exijo un estricto cumplimiento, porque se tomarán acciones contundentes, ya que se trata de una necesidad y una obligación como reguladores y la banca como prestadores de servicio, de darle una atención prioritaria a nuestros pensionados y pensionadas, comentó Morales.

 

Reorganización y descongestión

Morales informó que han realizado reuniones con representantes del IVSS  para lograr una reorganización,  porque han detectado que algunas agencias tienen un número de pensionados asignados mayor a la capacidad de atención.

 

También detalló que a los pensionados y jubilados “no les podrán exigir requisitos y condiciones adicionales a lo señalado por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales para la apertura, movilización y manejo de las cuentas de pensionados, ni para realizar cualquiera de sus operaciones bancarias”.

 

 

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Ciudad VLC/VTV

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