El TSJ imputa a diputados de la Asamblea Nacional en desacato (AN) por estar involucrados en la comisión de delitos que atentan contra la paz y la soberanía del país

La sentencia emitida por el máximo tribunal imputó a los parlamentarios Juan Pablo García Canales, José Ángel Guerra Brito y Tomás Guanipa Villalobos, tras la solicitud presentada por la Fiscalía General de la República.

Los tres diputados son acusados de «traición a la patria, conspiración, instigación a la insurrección, rebelión civil, concierto para delinquir, usurpación de funciones, instigación pública a la desobediencia de las leyes y el odio continuado

 

 

Las acciones del TSJ son legales

Además, la sentencia del TSJ destaca que estas acciones están previstas y sancionadas en los artículos 128, 132, 143, 145, 163, 213 y 285 de Código Penal venezolano, así como en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.

La decisión fue enviada al presidente de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), Diosdado Cabello, con el fin de seguir con las acciones pertinentes en el proceso.

Esta medida «no procede el antejuicio de mérito de los mencionados ciudadanos, en razón de lo cual su enjuiciamiento corresponde a los tribunales ordinarios en materia penal», refiere el texto.

Asimismo, el documento fue enviado al fiscal general Tarek William Saab para que siga con el trámite correspondiente en la causa penal contra los diputados de la AN.

 

 

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Ciudad VLC / TeleSUR

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