El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) aprobó este miércoles en Sala Plena la prórroga de la continuidad del servicio de administración de justicia durante pandemia.

La información fue publicada por el Máximo Tribunal de la República en una Resolución publicada en su red social Facebook.

El documento reza que la celeridad y buena marcha de la administración de justicia está garantizada por el Estado venezolano durante los 365 días del año.

 

Además, los órganos jurisdiccionales tomarán las debidas previsiones para que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia. Al efecto se acordará su habilitación para que se proceda al despacho de los asuntos urgentes.

 

A continuación el texto completo de la Resolución: 

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), presidido por el magistrado Maikel Moreno, aprobó este miércoles en Sala Plena la Resolución N° 004-2020, mediante la cual se prorroga por 30 días el plazo establecido en la Resolución N° 003-2020, en consecuencia, ningún tribunal despachará desde el 12 de junio hasta el 12 de julio del 2020, ambas fechas inclusive, en el marco de la pandemia por Covid-19.

Durante la reunión efectuada en la sede del Alto Juzgado del país fueron incorporados a la Directiva del TSJ el magistrado Juan José Mendoza como primer vicepresidente del Máximo Tribunal y presidente de la Sala Constitucional; la magistrada María Carolina Ameliach Villarroel, como segunda vicepresidenta de la Máxima Instancia Judicial del país y presidenta de la Sala Político Administrativa.

Además, como directores de la Junta Directiva del TSJ, el magistrado Yván Darío Bastardo Flores, presidente de la Sala de Casación Civil; el magistrado Malaquías Gil Rodríguez, presidente de la Sala Electoral y la magistrada Marjorie Calderón Guerrero, presidenta de la Sala de Casación Social.

En la reunión de Sala Plena también se incorporaron el magistrado Rene Alberto Degraves Almarza, como miembro de la Sala Constitucional y la magistrada Carmen Alves, como integrante de la Sala Electoral.

La Resolución N° 004-2020 indica, entre otros aspectos, que persisten las circunstancias de orden social que ponen gravemente en riesgo la salud pública y la seguridad de los ciudadanos y las ciudadanas habitantes de la República Bolivariana de Venezuela debido a la pandemia COVID-19, y cónsono con las políticas adoptadas por el Ejecutivo Nacional tendientes a la implementación de medidas urgentes, efectivas y necesarias, de protección y preservación de la salud de la población venezolana; sin que pueda de manera organizada y en planificación por parte del personal del Poder Judicial, coadyuvar de manera eficiente con la concreción de la tutela judicial efectiva y demás garantías de acceso a la justicia.

Agrega el documento que la celeridad y buena marcha de la administración de justicia está garantizada por el Estado venezolano durante los 365 días del año. Además, los órganos jurisdiccionales tomarán las debidas previsiones para que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia. Al efecto se acordará su habilitación para que se proceda al despacho de los asuntos urgentes.

En materia de amparo constitucional, indica la Resolución de la Sala Plena, se considerarán habilitados todos los días del período mencionado. Además, los jueces y las juezas, incluso los temporales, están en la obligación de tramitar y sentenciar los procesos respectivos. Las Salas Constitucional y Electoral del TSJ permanecerán de guardia durante el estado de contingencia.

Igualmente, los Magistrados y las Magistradas de la Sala Plena, durante el período de Alarma Constitucional mantendrán el quórum necesario para la deliberación conforme con lo que regulan los artículos 10 y 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Sobre los tribunales con competencia en materia penal, se mantendrá la continuidad del servicio público de administración de justicia a nivel nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 156 del Código Orgánico Procesal Penal solo para los asuntos urgentes.

Los jueces y juezas del país quedan facultados para adoptar las medidas conducentes para garantizar el acceso a la justicia en las diversas circunscripciones judiciales, de conformidad con los objetivos de la presente Resolución.

La Comisión Judicial y la Inspectoría General de Tribunales atenderán con prontitud todo reclamo formulado en relación con lo que dispone la Resolución.

Asimismo, se insta a las juezas, jueces, funcionarias y funcionarios del Poder Judicial a tomar las medidas sanitarias en la ejecución de sus actividades, por lo que es obligatorio el uso de guantes y tapabocas en todas las sedes judiciales del país.

 

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CIUDAD VLC/VTV

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