academias deportivas

El Instituto Nacional del Deportes (IND) regulará las academias deportivas con objetivo de lucro de acuerdo a lo previsto en la Ley del Deporte.

Así lo informó este lunes el ministro para la Juventud y Deportes, Pedro Infante, luego del incumplimiento de la cuarenta social por parte un club de formación de aspirantes a las Grandes Ligas en el estado Nueva Esparta.

“Algunas academias deportivas se dedica al fin del lucro y la Ley del Deporte establece un grupo de parámetros para regularlas. Es un buen momento; esperamos que salga fortalecido el deporte, las academias y nuestro pueblo”, expresó.

Infante resaltó que el comportamiento irregular de la referida academia, ubicada en el sector Pedro González, municipio Gómez de la isla de Margarita, violó cuatro orientaciones deportivas para prevenir la propagación del virus.

Contagios en academia deportiva

El incumplimiento de la cuarentena social decretada por el Ejecutivo Nacional, en este caso en particular, arrojó un contagio múltiple de 41 personas.

Infectados por dos miembros de la academia que ingresaron al país el pasado 13 de marzo provenientes de República Dominicana.

También — precisó el ministro — fue violentado el decreto complementario del Ministerio de Deporte del pasado 12 de marzo que prohibía las actividades deportivas ante la pandemia por el nuevo coronavirus.

El vicepresidente de Comunicación, Cultura y Turismo, Jorge Rodríguez, detalló que las actividades de la academia contaron con “el visto bueno” de una epidemióloga de la Gobernación de Nueva Esparta.

Esto, pese al riesgo de propagación por el aglomeramiento de más de 70 personas entre los que se encontraba un grupo de menores de edad.

En ese contexto, el Ministerio Público imputó: 

  • Al director de la academia de béisbol, Roberto Vahlis Aguilar
  • Al gerente general, Roberto Alehandro Vhalies Milano
  • Al entrenador José Luis Rodríguez, y
  • a la médico del recinto, María Esparragoza, por la presunta comisión de los delitos: de omisión, previsto y sancionado en el  artículo 219 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna).

De igual forma, se aplicó una medida de privación judicial preventiva de libertad contra la médico epidemióloga de la Gobernación del estado Nueva Esparta, Carmen Hernández, por infringir el artículo 54 ley de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación.

 

 

LEE MÁS: ACUERDAN ACCIONES PARA COMBATIR ESPECULACIÓN ANTE PANDEMIA

 

 

Ciudad VLC/AVN

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here