Sala de Casación Penal

La Sala de Casación Penal y no la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia será quien determine si Voluntad Popular es una organización terrorista.

A través de la sentencia 0073 de la Sala Constitucional la misma se declaró «incompetente» para conocer el recurso de interpretación que introdujo el fiscal general de la República, Tarek William Saab en el que solicitó determinar si el partido político Voluntad Popular (VP) es una “organización terrorista y si es susceptible de sanciones por este motivo”, de acuerdo con los artículos 31 y 32 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.

 

El referido recurso, busca determinar si la organización con fines políticos VP es una organización terrorista, y si es susceptible de sanciones por este motivo, en base a lo establecido en la normativa legal nacional y en el artículo 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

 

A la vez que declina su conocimiento en la Sala de Casación Penal del TSJ, a la cual ordenó «remitir los autos».

 

El 25 de mayo, Saab introdujo un recurso de interpretación ante la Sala Constitucional del TSJ / ANC y pidió determinar si VP era una organización terrorista.

 

 

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CIUDAD VLC/VTV

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